Rivera: Fallo sobre consulta es mal precedente
Los marchistas indígenas velan, ayer en Yolosita los cuerpos de los dos dirigentes indígenas fallecidos el martes en un accidente de tránsito. - Apg Agencia Por Agencias - Agencia .-El ex magistrado y presidente del Colegio de Abogados de Cochabamba, José Antonio Rivera, opinó que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) cometió “un grave error”, que sienta un “funesto precedente” al haber declarado la “constitucionalidad condicionada” de la Ley 222, que permitirá la consulta sobre la carretera a Beni.Por su parte, los diputados del Movimiento Sin Miedo (MSM) Fabián Yaksic y Marcela Revollo anunciaron que presentarán un recurso de enmienda para pedir explicaciones al TCP sobre el fallo, pues al organismo “le faltó personalidad, fuerza y autoridad” para declarar la inconstitucionalidad de la Ley 222, dijo la abogada del MSM, Aida Camacho.
Además, el líder de Unidad Nacional (UN), Samuel Doria Medina, consideró que el fallo, lejos de resolver el conflicto, confunde más.
Del otro lado, el presidente del TCP, Ruddy Flores, pidió emitir opiniones responsables en torno al fallo.
Según Rivera, la Ley 222 convoca a una consulta “no previa”, que contradice la esencia de las normas previstas por el artículo 6 numeral 1 del convenio 169; los artículos 19 y 32, numeral 2 de la declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, y el artículo 30 parágrafo segundo numeral 15 de la Constitución Política del Estado.
“La misma sentencia, en su parte argumentativa, reconoce que ya el Estado adoptó una decisión de carácter administrativo y legislativo que afecta a los derechos de los pueblos indígenas del Tipnis (…); sin embargo, declara la constitucionalidad condicionada”, explicó Rivera.
Agregó que es una sentencia que pretende declarar un empate, porque, por un lado, declara improcedente la impugnación presentada por los diputados oficialistas contra la Ley 180 (que declara al Tipnis “intangible”), “pero subordina esa ley a la 222, y para satisfacer al Gobierno declara la constitucionalidad condicionada de la 222, pero deja un precedente funesto”, dijo al explicar que ahora el Estado podrá intervenir primero y hacer la consulta después.
En todo caso, Rivera añadió que, al ser el TCP la última instancia de consulta, no queda más que acatar sus exhortaciones y disposiciones, aunque eso sí, al haberse agotado las instancias internas, los indígenas marchistas tienen abierta la posibilidad de acudir a instancias internacionales. “En este caso, corresponde acudir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para denunciar al Estado boliviano (no al Tribunal Constitucional ni al Ejecutivo) de violación sistemática de sus derechos e intereses colectivos”.
Entre otras opiniones, Doria Medina dijo que el fallo era demasiado ambiguo y lleno de recomendaciones que no eran de competencia del Tribunal Constitucional. En tanto, Vásquez Villamor, sustentó que al dejar el TCP la solución en manos de una concertación, estaba implícitamente renunciando a sus facultades de tribunal con carácter de decisión.
Quintana dice que tres subcentrales decidirán
El ministro de la Presidencia, Juan Ramón Quintana, sostuvo ayer que son las tres subcentrales del Tipnis las que deben concertar sobre la realización de la consulta acerca de la construcción de la carretera Villa Tunari-San Ignacio de Moxos.
La emisión de la sentencia 300 del Tribunal Constitucional sobre las leyes 222 de Consulta Previa y 180 de Protección al Tipnis paraliza la consulta hasta que el Gobierno y los indígenas se pongan de acuerdo sobre el contenido y el procedimiento.
"Las subcentrales Tipnis, Sécure y Conisur tienen que sentarse a concertar y tendrá que ser, me imagino, el resultado de esta concertación entre autoridades indígenas de las subcentrales junto a los corregidores de la propias comunidades, las que definan los caminos, las tareas de la consulta", sostuvo el Ministro.
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